
Guardas de las viñas
(Vitium custodes) |
Año de fundación: 2004
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Debían evitar el robo de
uva, así como los daños provocados por los animales, teniendo que responder por
los desperfectos producidos únicamente durante el día, pero no por la noche. Al igual que en el resto de oficios que
estaban a cargo del Concejo, los guardas de las viñas, gozaban de un derecho especial que los
protegía frente a agresiones. Cualquier atentado contra ellos se pagaba con el doble de multa de lo habitual. Su
salario no era fijo, siendo acordado con los propietarios ya fuese en dinero o
en especie.
En el Fuero
aparecía perfectamente regulado su oficio:” Mando también que los guardas de las
viñas se cojan después de la vendimia de cada año en el Concejo, y juren sobre
la Cruz y los Cuatro Evangelios ser fieles en todo a ricos y pobres en aquellas
cosas que pertenecen a su cargo, como más adelante se dirá.”
“Cualquiera que
fuera de la villa defienda o quite las prendas al guarda de las viñas, y se le
pruebe, peche diez sueldos y el guarda tome prendas en la casa del que las
impide tomar...”.
"Además, si alguien entra en una viña sin permiso de su dueño
o del guarda desde primeros de Enero hasta que las viñas hayan sido vendimiadas,
y se le prueba, peche cinco sueldos por sólo entrar, aunque no coja nada ni la
dañe. Pero si coge fruto de allí y se le prueba, peche diez sueldos por lo
hecho durante el día."
"Además, si alguien
corta una parra ajena, peche treinta sueldos, por una cepa entera, quince
sueldos; por un mugrón, diez sueldos y por cualquier otro sarmiento, cinco
sueldos, si se le prueba según Fuero."
"Mando también que nadie, de ningún modo,
responda jurídicamente por daño de las
viñas después de la fiesta de San Martín.
Además, si
alguien tiene prendas por el daño de las viñas, por éstas no responda después
de la fiesta de San Martín, según Fuero.”
Ubicación haima: Paseo del Óvalo |
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